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Boletín Jurídico Sector Automotor AFIC 30 de abril de 2015

Abr 30, 2015

Proyecto De Ley No. 014 de 2013 Senado “Por medio de la cual se adoptan medidas de carácter fiscal para propietarios de vehículos hurtados”

Fecha de publicación

abril 30, 2015

Con el fin de ofrecerles una herramienta de actualización y consulta, en el presente Boletín se hace referencia a algunas de las principales novedades normativas de interés para el Grupo de Trabajo para la Financiación del Sector Automotor.

Primero abordaremos los proyectos de ley; después, algunos aspectos del sector transporte incluidos en el proyecto de ley del Plan Nacional de Desarrollo; y, finalmente, una breve explicación del proyecto de Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.

Proyectos de Ley

Proyecto de Ley 014 de 2013 — Senado — Medidas fiscales para propietarios de vehículos hurtados.

  • Exime del impuesto de vehículos a propietarios de automotores hurtados no recuperados dentro de los 3 meses siguientes al hurto.
  • Beneficio aplica desde la vigencia fiscal siguiente al hurto y exige estar a paz y salvo por impuestos e intereses.

Proyecto de Ley 192 de 2014 — Cámara — Normas laborales para operadores de taxi.

  • Obliga a empresas del servicio individual de taxi a contratar directamente a los conductores.
  • Si el vehículo no es de la empresa, el propietario contrata y asume obligaciones laborales y de seguridad social.
  • Se rindió ponencia negativa; el Ministerio de Hacienda pidió su archivo por falta de lineamientos unificados.

Proyecto de Ley 009 de 2014 — Senado — Seguridad social integral para conductores (taxi, carga, especiales y mixtos).

  • Permite contratación directa por parte de la empresa operadora, con afiliación al sistema de seguridad social.
  • Responsabilidad solidaria entre operador y propietario.
  • Una ponencia inicial exceptuaba a propietarios de vehículos en leasing, pero esa mención fue eliminada en una corrección posterior.

Proyecto de Ley 093 de 2014 — Senado — Medidas sobre el transporte individual de pasajeros.

  • Impone obligaciones a propietarios en materia de contratación y seguridad social de conductores.
  • Se advirtieron efectos negativos sobre operaciones de leasing; riesgo de archivo por vencimiento de términos si no avanza.

Proyecto de Ley 101 de 2014 — Cámara / 134 de 2014 — Senado — Régimen Sancionatorio del Transporte.

  • Define autoridades competentes, sujetos, infracciones, sanciones y medidas correctivas/preventivas.
  • El texto de ponencia excluye de sanciones a las entidades de leasing; sanciones recaen sobre el locatario/tenedor.

Proyecto de Ley 194 de 2014 — Cámara — Transporte individual de pasajeros de lujo y por aplicaciones tecnológicas.

  • Regula prestación del servicio de taxi de lujo por contratación o a través de aplicaciones (p. ej., Taxi Imperial, Tappsi, Uber).
  • Define alcance del servicio y responsabilidades de empresas que operan mediante plataformas.

Proyecto de Ley 218 de 2015 — Cámara — Debido proceso en comparendos electrónicos.

  • Exige notificar al conductor; al propietario solo si hay elementos probatorios que permitan inferir su responsabilidad.
  • El comparendo solo procede cuando esté plenamente comprobado el infractor.

Plan Nacional de Desarrollo

Proyecto de Ley 200 de 2015 — Cámara / 138 de 2015 — Senado — En trámite de segundo debate en la Cámara (con artículos pendientes).

  • El Ministerio de Transporte definirá por resolución condiciones, características de seguridad y rangos de precios al usuario para servicios prestados por: Centros de Enseñanza Automovilística; Centros de Reconocimiento y Evaluación de Conductores; Centros de Diagnóstico Automotor; y entidades que realicen la prueba teórico–práctica para licencias.
  • Los sistemas de transporte masivo deben ser sostenibles y se financiarán con tarifas a pasajeros y otros ingresos territoriales, sin perjuicio de inversiones públicas en infraestructura y material rodante (metro y férreo interurbano) en la etapa preoperativa.
  • El Gobierno podrá apoyar SITM, SETP, SITP y SITR en operación, implementación y estructuración; también soluciones de transporte urbano/conurbado/regional que fomenten modos no motorizados y energías limpias (caminar, bicicleta, tricimóvil, etc.).
  • Se ordena reglamentar el servicio de lujo dentro de la modalidad individual de pasajeros en los 6 meses siguientes a la ley.

Texto del Proyecto del Plan Nacional de Desarrollo (Cámara 200/2015 – Senado 138/2015)

Ministerio de Transporte

Proyecto de Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte — Compila la reglamentación del sector por economía (decretos compilatorios, no modificatorios).

  • Integra normas sobre estructura del sector y regulación del transporte terrestre de pasajeros y carga, marítimo, fluvial, ferroviario y aéreo.
  • Incluye autoridades, régimen de sanciones, rutas y tarifas, entre otros aspectos.