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Boletín Jurídico Septiembre de 2019

Sep 10, 2019

Ley 1955 de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”

Fecha de publicación

septiembre 10, 2019

Con el fin de ofrecer una herramienta de actualización y consulta, en este Boletín se presentan las principales novedades normativas de interés recientemente expedidas, y se hace referencia a proyectos de normatividad, a circulares y proyectos de circulares de la Superintendencia Financiera y, por último, se presenta un informe de los proyectos de ley más relevantes en curso.

Ley

Ley 1955 de 2019 — Plan Nacional de Desarrollo 2018–2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”.

  • Deroga, entre otras, el artículo 167 de la Ley 769 de 2002 (Cód. Nacional de Tránsito) sobre autorización de parqueaderos por el Consejo Superior de la Judicatura.
  • Consecuencia: esa entidad pierde competencia para autorizar parqueaderos que custodien vehículos inmovilizados por orden judicial.
  • Aplican los arts. 590 (medidas cautelares) y 595 (secuestro) del Código General del Proceso: el juez designa secuestre en el auto que decreta la medida; a este se le entrega el bien para su conservación.

Decreto

Decreto 1421 de 2019 — Modifica el Decreto 2555 de 2010 en requerimientos de patrimonio adecuado por riesgo operacional.

  • Establece requerimientos de capital por riesgo operacional para mitigar pérdidas inesperadas.
  • Define la relación de solvencia como Patrimonio Técnico / Activos Ponderados por Riesgo (crédito, mercado y operacional); y la relación de solvencia básica con Patrimonio Básico Ordinario neto.
  • Actualiza el concepto de riesgo operacional (fallas de procesos, sistemas internos o eventos externos que impacten el Patrimonio Técnico).
  • Metodología para determinar valor de exposición al riesgo operacional e incorporación en colchones de capital (incluye APNR por riesgo operacional).
  • Entrada en vigencia para cumplimiento: 1 de enero de 2021; amplía plazos del D. 1477 de 2018.

Proyecto de Decreto

Modificación al D.U. 1074 de 2015 (MinCIT) — Circulación de la factura electrónica de venta como título valor.

  • Reglamenta la circulación de la factura electrónica (FE) como título valor y parámetros del registro a cargo de la DIAN (RADIAN).
  • Esquema básico: (1) Emisor envía FE a DIAN para validación; (2) DIAN valida en tiempo real y devuelve FE (solo factura tributaria); (3) Emisor remite FE validada al comprador; (4) Comprador acusa recibo y acepta (o aceptación tácita en 3 días hábiles). Con ello la FE adquiere calidad de título valor y queda registrada para su negociación.
  • DIAN regulará endoso electrónico, procedimiento y requisitos técnicos del registro.
  • Regula títulos de cobro (representación documental de la FE) y la actividad de los Sistemas de Negociación Electrónica (SNE); supervisión a cargo de la SIC.
  • Periodo de transición: mientras se implementa el registro, la circulación podrá hacerse por endoso físico o electrónico entre partes.

Circular

Circular Externa 016 de 2019 (SFC) — Modifica la gestión del riesgo de crédito (ajustes a la CE 026 de 2017).

  • Monitoreo de créditos modificados: se reduce a 12 meses el plazo para créditos comerciales y de vivienda (antes: 2 años).
  • Créditos reestructurados: plazos para eliminar condición de reestructurado pasan a 12 meses en microcrédito y 24 meses en las demás modalidades (antes: 18 m, 24 m y 48 m según cartera).
  • Incumplimiento: créditos comerciales y de consumo reestructurados se entienden incumplidos con mora ≥ 60 días (antes: 30 días).
  • Calificación post reestructuración: se reducen a 6 meses los plazos para mejorar calificaciones en comercial, consumo y vivienda (si hay pagos regulares; antes: 12 meses).

Proyecto de Circular

Administración del riesgo de LA/FT — Proyecto de modificación al SARLAFT.

  • Introduce definiciones: Banco Pantalla, Entidades Beneficiarias/Intermediarias, Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
  • Beneficiario Final: participación directa o indirecta > 10% (antes: > 5%).
  • Entrevista no obligatoria salvo factores de alto riesgo; deben verificarse datos y usar mecanismos alternativos de firma/huella (firma digital, biometría, autenticación fuerte, etc.).
  • Medidas reforzadas para PEP y su círculo (beneficiarios finales PEP, cónyuges/compañeros, familiares hasta 2º consanguinidad/afinidad y 1º civil, y asociados cercanos según control o participación).

Proyectos de Ley

P.L. 050 de 2018 — Cámara — Elimina costos de servicios financieros en cuentas de ahorro y tarjetas.

  • Elimina cuotas de manejo y varios cobros (consultas/retiros en red propia, transferencias por internet, consignaciones nacionales, avances en TC de la misma entidad, etc.).
  • Archivado en tercer debate (Comisión Tercera del Senado) tras gestiones gremiales.

P.L. 054 de 2018 — Senado — Paquetes mínimos de productos/servicios sin costo adicional por cuota de manejo.

  • Define listados mínimos para cuentas de ahorro, tarjetas débito y tarjetas de crédito.
  • Prohíbe cobros por operaciones fallidas en cajeros; pendiente de tercer debate en Cámara.

P.L. 114 de 2019 — Cámara — IVA (19%) a ciertos servicios financieros.

  • Incluye: comisiones por administración de FIC (fiduciarias y comisionistas), operaciones cambiarias (divisas y derivados), comisiones por uso de tarjetas y los intereses/rendimientos de créditos y leasing.
  • Recursos priorizados para programas contra hambre y pobreza. Pendiente de primer debate.

P.L. 087 de 2019 — Senado — Elimina intereses moratorios por pagos realizados a tiempo no reportados por el sistema.

  • Pagos en fecha límite que el banco reporte tarde no generan mora ni sanciones; pagos en día no hábil dentro del plazo tampoco generan mora.
  • Pendiente de primer debate.

P.L. 181 de 2018 — Cámara — Pago en Plazos Justos.

  • Plazos máximos para pago de facturas: 60 días (fase 1) y 45 días (fase 2) desde recepción o terminación del servicio; excepciona operaciones entre grandes empresas.
  • Pendiente de tercer debate.

P.L. 016 de 2019 — Senado — Plazos máximos de pago para fortalecer Mipymes.

  • Si acreedor es micro/pequeña y deudor mediana/grande: pago ≤ 30 días; si acreedor es mediana y deudor grande: pago ≤ 45 días.
  • Pendiente de primer debate.